Plan Mitigación Riesgos COVID-19 - CENydET

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Plan Mitigación Riesgos COVID-19 – CENydET

Para extremar las medidas tendientes a evitar el contagio y diseminación del COVID-19 en CENydET se tomaran distintas medidas con PRIORIDAD URGENTE – Marzo 2020

Medidas Adoptadas:

  1. Todo el personal ha sido informado y entrenado respecto a la situación vigente con el COVID-19.
  2. El centro ha tomado todas las medidas de higiene y desinfección recomendadas por las autoridades sanitarias para todas sus instalaciones; se proveerá a los pacientes de alcohol en gel y se los invitará a higenizar sus manos, como así también el calzado en un área segura previo a su ingreso.
  3. Se tomará la temperatura corporal de todos los sujetos que concurran al centro con dispositivo adecuado.
  4. Se les proveerá de barbijos en caso de ser necesario.
  5. Se reduce al mínimo la concurrencia de los sujetos, no más de dos a la vez y guardando el distanciamiento social recomendado por las autoridades.
  6. Las entrevistas que no requieran de estudios y/o procedimientos presenciales imprescindibles se efectuarán por video llamada y/o vía telefónica, registrándolas en los documentos fuente como desvíos del protocolo, para minimizar dentro de lo posible el contacto y desplazamiento de las personas y el virus.
  7. Se dispone una separación inmediata, independendientemente de las medidas adoptadas y/o sugeridas en cada protocolo de la concurrencia al centro, de los sujetos participantes en los distintos ensayos clínicos y los pacientes del área asistencial. Los sujetos participantes de los ensayos clínicos concurrirán en horarios matutinos exclusivamente, salvo necesidad de fuerza mayor, y los pacientes del área asistencial lo harán en horas de la tarde.
  8. CENydET asume la responsabilidad global de asegurarse de que se adopten todas las medidas de prevención y protección factibles para reducir al mínimo los riesgos profesionales y de la salud de los sujetos voluntarios en un ensayo clínico. Se le sumnistrará a los miembros del equipo, cuando sea necesario y en la medida que sea razonable y factible, equipos de protección apropiados sin costo alguno para los miembros del equipo.
  9. Los miembros del equipo tienen la responsabilidad de cooperar con el cumplimiento de estas normativas, acatando las medidas de seguridad prescritas, velando, dentro de los límites razonables, por la seguridad de las otras personas, incluso evitándo exponerlas a riesgos de seguridad y salud y utilizando los dispositivos de seguridad y el equipo de protección correctamente.
  10. Las medidas de seguridad e higiene del trabajo no implican ninguna carga financiera para los miembros del equipo.
  11. Todos los miembros tienen la obligación de informar de inmediato acerca de cualquier situación, que a su juicio entrañe, por motivos razonables, un peligro inminente o grave para su salud o para de los sujetos voluntarios.
  12. Las normativas vigentes son de carácter obligatorio para todo el personal

Firmado:

Dr. Enrique I. Kuper

24-Marzo-2020

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